3.1.1.4.Rechazar Documento Electrónico

Cada documento electrónico despachado puede ser rechazado tanto por el  Revisor (a excepción de los oficios a los cuales no aplica este concepto), Visador; o por el Firmante, de acuerdo el proceso que corresponda, definidos en la creación del documento. A continuación se describe cada uno de los casos en los incisos de este apartado