3.1.1.5. Aprobar y/o Firmar Documento Electrónico

Cada documento electrónico despachado puede ser aprobado tanto por el  Revisor (a excepción de los oficios a los cuales no aplica este concepto) y el Visador; como el Firmante puede firmar (ya sea con firma simple o avanzada) los mismos, de acuerdo el proceso que corresponda, definidos en la creación del documento (o al proceso si corresponde). A continuación se describe cada uno de los casos en distintos apartados:

  • Aprobar Borrador del Documento
  • Visar Documento
  • Firmar Documento